martes, 13 de noviembre de 2012

NATURALEZA JURIDICA DE LA RELACIÓN ENTRE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS POR UNA PARTE Y EL ESTADO POR LA OTRA


CARACTERÍSTICAS DEL NOMBRAMIENTO (INVESTIDURA)
Es un acto diverso: esta formado por la concurrencia de las voluntades del estado que nombre y del particular que acepta el nombramiento.
Tiene un efecto jurídico: condiciona la aplicación a un caso individual (el del particular que ingresa al servicio) de las disposiciones legales preexisten que fijan en forma abstracta e impersonal los derechos y obligaciones que corresponden a los titulares de los diversos órganos del poder publico.
se denomina acto- unión
El nombramiento puede ser el acto de una voluntad o de varias ( si es de varias voluntades recibe el nombre de elección)
Por ley puede requerir que la designación corresponda a una sola persona.ejemplo: designación del presidente de las secretarias de estado.


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